
PERMUTA DE INMUEBLES
INMUEBLES Y TRANSFERENCIAS
Actualizado al 3 de octubre de 2026
¿Qué es?
Es un intercambio: cada parte entrega un inmueble y recibe otro a cambio. Si los valores no son iguales, puede pagarse una diferencia en dinero. Cada persona actúa como vendedora del bien que entrega y como compradora del que recibe.
Documentos básicos
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Documentos de identidad de quienes intercambian los bienes.
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Títulos de adquisición y certificados de tradición y libertad de cada inmueble.
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Paz y salvo del impuesto predial y los demás documentos municipales de cada inmueble.
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Valor acordado de cada inmueble, diferencia en dinero y forma de pago.
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Certificado del REDAM de cada persona natural que entrega un inmueble. Se obtiene gratuitamente en la Carpeta Ciudadana Digital: carpetaciudadana.gov.co.
Si aplica
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Inmuebles en propiedad horizontal: paz y salvo de administración.
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Afectación a vivienda familiar, patrimonio de familia, hipotecas o embargos: consentimientos o levantamientos necesarios.
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Persona jurídica o apoderado: certificado de representación, autorizaciones y poder especial.
Tenga en cuenta
• ¿Permuta o compraventa?: si la parte que se paga en dinero vale más que el inmueble que se entrega, la ley considera que el negocio es una compraventa.
• Abogado/a: no se requiere.
• REDAM: estar reportado no impide firmar; el certificado tiene efecto informativo.
• Registro: la escritura debe inscribirse en el folio de cada inmueble. Hágalo dentro de los dos meses siguientes para evitar intereses en el impuesto de registro.
Normatividad
Código Civil, arts. 1850 y 1955 y ss.; Ley 1579 de 2012; Ley 2097 de 2021.