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CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA

VIVIENDA, HIPOTECAS Y PROPIEDAD HORIZONTAL

Actualizado al 3 de octubre de 2026

¿Qué es?

La hipoteca es una garantía sobre un inmueble para respaldar el pago de un préstamo o una deuda. El propietario sigue usando el inmueble, pero si la deuda no se paga, el acreedor (por ejemplo, el banco) puede pedir a un juez que se remate para cobrar.

Documentos básicos

  • Documentos de identidad del propietario, del acreedor y, si es otra persona, del deudor.

  • Título de adquisición y certificado de tradición y libertad reciente.

  • Datos de la deuda garantizada (monto o límite, plazo e intereses) o minuta del banco.

  • Paz y salvo del impuesto predial y los demás documentos que exija el municipio.

Si aplica

  • Inmueble afectado a vivienda familiar: firma de ambos cónyuges o compañeros permanentes.

  • Patrimonio de familia, embargo u otra limitación: la Notaría verificará qué autorización o levantamiento se requiere.

  • Persona jurídica o apoderado: certificado de representación, autorizaciones y poder especial.

Tenga en cuenta

• Firma del cónyuge: solo se exige si existe una limitación legal, como la afectación a vivienda familiar; no por el solo hecho del matrimonio.
• Varias hipotecas: un inmueble puede tener más de una. Su prioridad o rango se determina por el orden en que se radiquen para registro, salvo las excepciones legales.
• Abogado/a: no se requiere.
• Registro: debe inscribirse dentro de los 90 días hábiles siguientes a la firma; si no, habrá que firmar una nueva escritura.

Normatividad

Código Civil, arts. 2432 y ss.; Ley 258 de 1996; Ley 1579 de 2012, art. 28.

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