Tu identidad, protegida con tecnologíaAsí funciona la biometría en la Notaría Cuarta de Pasto
Actualizado: 3 oct
En la Notaría Cuarta del Círculo de Pasto, una huella no es solo una impresión: es una herramienta tecnológica que nos permite verificar, en línea, que cada persona sea realmente quien dice ser.
Cuando un trámite exige identificación biométrica, la huella se captura electrónicamente y se coteja con la información de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Esta validación fortalece la seguridad de las autenticaciones, escrituras y demás actuaciones notariales, y ayuda a reducir los riesgos de suplantación, falsedad y fraude.
¿Cómo funciona?
Presentas tu documento de identidad original.
Ubicas tu dedo en el lector biométrico.
El sistema realiza el cotejo electrónico con la base de datos de la Registraduría.
Si la identidad es validada, se continúa con el trámite notarial.
La seguridad también depende de ti
Puedes ayudarnos siguiendo estas recomendaciones:
Presenta siempre tu documento de identidad original y en buen estado.
Mantén tus dedos limpios, secos y libres de adhesivos, siliconas u otras sustancias.
Informa si tienes una lesión, condición dermatológica o situación física que dificulte la lectura de tus huellas.
Revisa cuidadosamente el contenido del documento antes de firmarlo.
No prestes tu documento de identidad y avisa inmediatamente si detectas alguna irregularidad.
Si una condición física impide realizar el cotejo biométrico, existen mecanismos excepcionales de identificación previstos por la normativa.
Tecnología con responsabilidad
Las huellas dactilares son datos biométricos sensibles. Por eso, su tratamiento debe cumplir las reglas colombianas de protección de datos personales, seguridad y confidencialidad.
En la Notaría Cuarta de Pasto combinamos tecnología, fe pública y cuidado ciudadano para ofrecer trámites más seguros y confiables.
Tu identidad es única. Protegerla es una tarea compartida.
Normatividad: artículo 18 del Decreto Ley 019 de 2012; Resolución 14681 de 2015 de la Superintendencia de Notariado y Registro; Ley 1581 de 2012 y Circular CIR-2025-000203-4 de la Superintendencia de Notariado y Registro.


Comentarios